LOZADA, MARCOS c/ CENCOSUD S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños derivados de la usurpación de su identidad y uso indebido de una tarjeta de crédito. La Cámara confirmó el resarcimiento por daño moral pero revocó la condena por daño psicológico.
Indemnización por daños derivados de la usurpación de identidad y uso indebido de tarjeta de crédito a su nombre
¿Qué se resolvió?
Se confirma la condena a Cencosud a pagar $500.000 por daño moral, pero se revoca la condena por $300.000 de daño psicológico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró acreditado el daño moral por la afectación del buen nombre y crédito del actor, pero no encontró probada la relación causal entre los hechos y el daño psicológico diagnosticado por la pericia.
- Respecto al rechazo de daños punitivos, la Cámara destacó que si bien Cencosud actuó con negligencia, no se verificó una conducta dolosa o gravemente culposa que justificara esta condena excepcional.
- Se mantuvo la tasa de intereses fijada en primera instancia y se rechazó la capitalización solicitada por el actor por no haber sido peticionada oportunamente.
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