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ALVAREZ, YANINA SOLEDAD c/ AUTO SPECIAL S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por incumplimiento de un contrato de cesión de un plan de ahorro previo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la responsabilidad de la concesionaria por defecto en la información brindada, pero revocó la condena al pago de daño moral.

Dano moral Danos punitivos Deber de informacion Contrato de cesion Plan de ahorro previo


¿Quién es el actor?

Yanina Soledad Álvarez
- Demandados: Auto Special SA y Plan Óvalo SA de Ahorro Para Fines Determinados

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se den por canceladas 12 cuotas del plan de ahorro previo adquirido por cesión y se indemnicen los daños sufridos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente. Se confirmó la responsabilidad de la concesionaria por incumplimiento del deber de información al informar erróneamente la cantidad de cuotas pendientes, debiendo abonar el valor de las 12 cuotas excedentes. Se revocó la condena por daño moral. Se desestimó la procedencia de daños punitivos. Fundamentos relevantes:
- La Cámara concluyó que la concesionaria había aceptado la oferta de la actora en los términos de la "Solicitud de adhesión" y por lo tanto incumplió su deber de información al brindar datos erróneos sobre la cantidad de cuotas pendientes.
- No se extendió la responsabilidad a la administradora del plan (Plan Óvalo) ya que el incumplimiento se dio en el marco de la negociación del contrato de cesión y no en la comercialización del plan.
- Se revocó la condena por daño moral por falta de acreditación del perjuicio.
- Se desestimó la procedencia de daños punitivos por no verificarse una conducta gravemente culposa o dolosa de la concesionaria.

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