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LAVINI ROSSET, JUAN PABLO Y OTRO c/ AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE CAPITAL VARIABLE Y OTRO s/ORDINARIO

Pasajeros reclaman reembolso de pasajes aéreos cancelados por pandemia. La Cámara confirma el resarcimiento por daño moral.

Dano moral Relacion de consumo Reembolso Pandemia Cancelacion de vuelos Prudente arbitrio

Reembolso de pasajes aéreos adquiridos y cancelados por la aerolínea debido a la pandemia de COVID-19.

¿Qué se resolvió?

La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a las demandadas el reembolso de $360.486 más intereses, y $600.000 en concepto de daño moral.
- La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia respecto a la procedencia y cuantía del daño moral, considerando que la incertidumbre y desamparo sufridos por los actores merecen ser resarcidos en justa dimensión. Fundamentos relevantes:
- El daño moral procede cuando se acredita la lesión a intereses personales, más allá del daño material. Su cuantificación queda librada al prudente arbitrio judicial.
- Si bien la pandemia constituyó un caso fortuito que eximió a las demandadas de responsabilidad por la imposibilidad de ejecutar la prestación principal, ello no las libera de resarcir los perjuicios derivados.
- La falta de reintegro de los importes abonados por los pasajes cancelados generó a los actores una situación de incertidumbre y desamparo que debe ser reparada con $600.000 en concepto de daño moral.

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