COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PROA LTDA. c/ Y.P.F. S.A. s/ORDINARIO
La Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Proa reclamó el pago de una factura cedida por la contratista Niro. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el pago del crédito reclamado, con una deducción por lo ya percibido por la Cooperativa en el concurso preventivo de Niro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Proa (Proa) demandó a YPF S.A. por el pago de una factura de $ 172.533,10 que le fue cedida por Niro Construcciones S.A.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a YPF a pagar $ 103.519,86 con intereses.
- La Cámara modificó la sentencia. Analizó que Proa se presentó en el concurso de Niro para verificar el crédito por el precio de la cesión de las tres facturas que había adquirido, de las cuales la de autos representaba el 77,56%. Proa recuperó el 40% de ese crédito verificado. Por ello, la Cámara ordenó calcular los intereses sobre el monto de la factura, deduciendo el 77,56% de lo ya percibido por Proa en el concurso.
- Respecto a YPF, la Cámara rechazó sus agravios por alegada extinción del crédito y por la improcedencia de rechazar la aplicación del art. 1474 del Código Civil, al entender que el acuerdo entre YPF y Niro en otro proceso había extinguido esas defensas.
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