MILA, MARCIA LOURDES c/ CENCOSUD S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
La actora reclamó la devolución de un descuento no aplicado en la compra de un celular Samsung. La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda por falta de prueba de la promoción publicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Marcia Lourdes Mila demandó a Cencosud S.A. y Samsung Electronics Argentina S.A. solicitando la devolución de $40.000 que alegó le habían cobrado de más por un teléfono celular Samsung S20+ adquirido con un descuento promocional que no le habrían aplicado, más daños morales y punitivos. La jueza de primera instancia rechazó la demanda por falta de prueba de la existencia de la promoción publicitada y de que el descuento correspondía al celular adquirido por la actora. La Cámara confirmó la sentencia, indicando que la fotografía del cartel publicitario aportada no acreditaba que la oferta fuera exhibida en el local de Cencosud ni que correspondiera al modelo de celular comprado, y que los testimonios presentados no eran suficientes para tener por demostrado el descuento. Además, el peritaje contable reveló que Samsung no había realizado la promoción alegada.
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