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ALMIRON FERNANDO ADRIAN Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Los trabajadores promovieron demanda por bonos de participación en las ganancias de Telefónica de Argentina S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y condenó a la empresa y al Estado Nacional a abonar los montos correspondientes.

Prescripcion Programa de propiedad participada Bonos de participacion en ganancias Responsabilidad estatal Responsabilidad empresarial Privatizacion


- Actores: Fernando Adrián Almirón y otros trabajadores de Telefónica de Argentina S.A.
- Demandados: Telefónica de Argentina S.A. y el Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por bonos de participación en las ganancias previstos en la Ley 23.696

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Condenó a ambos demandados a abonar los montos correspondientes a los bonos de participación devengados a partir de marzo de 2002, con intereses. Estableció que la indemnización debe calcularse sobre el 2% de las utilidades brutas de la empresa. Fundamentos principales:
- El plazo de prescripción aplicable es el decenal del art. 4023 del Código Civil.
- El inicio del cómputo de la prescripción para Telefónica debe ser a partir del momento en que corresponde abonar cada bono de participación, dada la naturaleza periódica de la obligación.
- El Decreto 395/92 que suprimió los bonos es inconstitucional, por lo que no puede ser utilizado para fijar el inicio de la prescripción.
- Corresponde condenar a ambos demandados, pero en distinta medida: al Estado por la demora en el pago, y a Telefónica por la obligación de abonar los bonos.

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