MORET DIANA CRISTINA Y OTROS c/ SINDICACION DE ACCIONISTAS DEL PPP DE EDENOR SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de los ex empleados de EDENOR S.A. por su exclusión del Programa de Propiedad Participada.
Acceso a la participación accionaria en el Programa de Propiedad Participada (PPP) de Edenor S.A.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Consideró que los actores se desvincularon voluntariamente de Edenor S.A. antes de poder adquirir las acciones del PPP, por lo que rompieron el nexo causal entre la supuesta exclusión del PPP y el daño reclamado. El tribunal señaló que los PPP estaban destinados a los trabajadores en actividad, no a quienes dejaran de serlo. "Es claro que la desvinculación voluntaria de los actores impide atender su reclamo, pues tal conducta supuso el ejercicio de una opción incompatible con la adhesión al Programa y con la suscripción de las acciones a las que, en principio, estaban convocados. Esa opción admite como fuente una conducta con aptitud para romper el nexo de causalidad entre el hecho que se atribuye al Poder Ejecutivo Nacional (...) y el daño que invocan los demandantes". Se impuso costas de alzada a la parte actora vencida.
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