THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION c/ BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
La actora apeló la decisión que rechazó su demanda para que se declare infundada la oposición al registro de la marca FEMISAN. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo, considerando que las marcas FEMISAN y FEMIANE son muy similares y podrían generar confusión en el público consumidor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): The Latin American Trademark Corporation
A quién se demanda (Demandado): Bayer Intellectual Property GMBH
Qué se reclama (Objeto de la demanda): Que se declare infundada la oposición al registro de la marca "FEMISAN" en la clase 5.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara confirmó el rechazo de la demanda.
Fundamentos principales de la decisión:
- Las marcas "FEMISAN" y "FEMIANE" son muy similares gráfica y fonéticamente, tienen una elevada coparticipación de elementos y generan una sensación de coincidencia que podría confundir al público consumidor.
- Si bien comparten un elemento de "uso común" (FEMI), la partícula distintiva que agrega la marca de la actora ("SAN") no le otorga suficiente poder distintivo para diferenciarla de la marca preexistente "FEMIANE".
- Dado que "FEMIANE" está registrada para identificar productos hormonales para tratamiento de malestares ginecológicos (anticonceptivos), y la actora no especificó el producto que identificaría con "FEMISAN", el riesgo de confusión se incrementa.
- Debe prevalecer la protección de la marca registrada ("FEMIANE") por sobre la mera expectativa de registro de "FEMISAN", para salvaguardar los fines de la ley de marcas.
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