CARBALLO CARLOS LUIS Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTROS s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Los actores promovieron demanda por el cobro de bonos de participación en las ganancias de la empresa Telefónica de Argentina. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y condenó a Telefónica y al Estado Nacional a pagar las sumas adeudadas.
- Actores: Carlos Luis CARBALLO, Carmen Olga OCAMPO, Angélica Imelda Beatriz VALENZUELA, Graciela Noemí FERNANDEZ, Rosana Silvia ZAGARI, Marcela Haydee ALBA, Miriam Nora RAMOS, Claudia Noemí STREMEL, Carlos Alberto NAVARRO y Maria Fernanda MEREGALLI
- Demandados: TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. y el ESTADO NACIONAL -PODER EJECUTIVO NACIONAL-
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de bonos de participación en las ganancias previstos por la Ley N° 23.696
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la decisión de primera instancia respecto a la prescripción, y condenó a Telefónica de Argentina S.A. y al Estado Nacional a pagar las sumas adeudadas por los bonos de participación en las ganancias, con intereses. Confirmó la falta de legitimación de dos de los actores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El derecho a percibir los bonos de participación se genera de manera periódica con cada reparto de utilidades, por lo que el plazo de prescripción de 10 años debe computarse a partir de cada ejercicio y no desde la publicación del Decreto N° 395/92 que suprimió ese derecho. El Decreto N° 395/92 es inconstitucional por atentar contra la Ley N° 23.696 que establecía el derecho de los trabajadores a los bonos de participación.
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