CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO EN LIQUIDAC Y OTRO c/ MUNICIPALIDAD TERMAS DE RIO HONDO s/INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La Caja Nacional de Ahorro y Seguro demandó a la Municipalidad de Termas de Río Hondo por incumplimiento de contrato. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que condenó a la municipalidad al pago del saldo deudor.
¿Quién es el actor?
Caja Nacional de Ahorro y Seguro en Liquidación
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Termas de Río Hondo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro del saldo deudor de un contrato de mutuo para financiar obras de pavimentación
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda con costas.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Las normas sobre consolidación de deudas públicas (leyes 23.982, 25.344 y 25.725) son de orden público y aplicables al caso, aun cuando la demandada no las haya invocado expresamente.
- La obligación de autos, cuya causa data de 1987, se encuentra comprendida en la primera fecha de corte establecida en la ley 23.982, por lo que las prórrogas sucesivas dispuestas a nivel local no perjudican al actor.
- No se acreditó de qué modo la aplicación de la normativa provincial (ley 5986) sobre consolidación agrava las condiciones para el actor, por lo que no corresponde declarar su inconstitucionalidad.
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