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ANDRES LAGOMARSINO E HIJOS SA c/ MORIXE HNOS SACI s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

Marca Morisca vs. Marca Morixe: La Cámara confirma la autorización del registro de la marca Morisca al considerar que no hay riesgo de confusión con la marca Morixe registrada.

Oposicion Registro Marca Confusion Distintividad Difusion


¿Quién es el actor?

Andrés Lagomarsino e Hijos S.A.

¿A quién se demanda?

Morixe Hnos. SACI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Oposición al registro de la marca "Morisca" (clase 30) presentada por Andrés Lagomarsino e Hijos S.A.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declaró infundada la oposición de Morixe Hnos. SACI. Fundamentos principales:
- Las marcas son distinguibles principalmente porque "morisca" tiene una evocación definida, mientras que "morixe" es una marca de fantasía.
- Las semejanzas gráficas y fonéticas entre los prefijos "mori" no son suficientes para generar riesgo de confusión, teniendo en cuenta la diferencia en las desinencias.
- La difusión de la marca "morixe" también disminuye el riesgo de confusión.

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