CAIMI VILLANUEVA, JUAN CRUZ c/ INSTITUTO NAC DE SERV SOC PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES
El actor promovió demanda por cobro de honorarios profesionales derivados de una mediación prejudicial obligatoria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda por falta de legitimación pasiva del demandado.
¿Quién es el actor?
Juan Cruz Caimi Villanueva, abogado
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de honorarios profesionales por asesoramiento prestado en una mediación prejudicial obligatoria entre Quintec S.A. (prestadora del INSSJP) y el INSSJP.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Consideró que no existía obligación del INSSJP de pagar los honorarios del abogado, ya que no hubo contrato entre las partes, la mediación no genera por sí misma obligaciones de costas, y la ley invocada por el actor no resulta aplicable al caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- No hubo contrato entre las partes que generara obligación de pago de honorarios.
- La mediación prejudicial no es un proceso judicial, por lo que no genera obligación de costas.
- Las normas legales invocadas por el actor (arts. 68 y 77 CPCC, arts. 11 y 12 Ley 5.134 CABA, Ley 21.839) no resultan aplicables al caso, ya que no establecen que el INSSJP deba pagar los honorarios del abogado de la parte contraria en la mediación.
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