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FERRER INTERNACIONAL SA c/ GADOR SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La empresa Ferrer Internacional SA promovió demanda para que se ordene a Gador SA cesar en la oposición al registro de la marca "CERAXON". La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.

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¿Quién es el actor?

Ferrer Internacional SA, empresa farmacéutica española

¿A quién se demanda?

Gador SA, laboratorio argentino

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de oposición al registro de la marca "CERAXON" en clase 5 para un medicamento del sistema nervioso central

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había autorizado el registro de "CERAXON" y rechazó la demanda. Los fundamentos principales fueron:
- Las marcas "CERAXON" y "SENEXON" (de Gador) presentan similitudes fonéticas y gráficas importantes, especialmente en la terminación "XON" que es común en la clase 5.
- Si bien los medicamentos tienen distinta finalidad terapéutica, los consumidores suelen identificar los productos por las marcas y no por su composición, por lo que existe riesgo de confusión para el público.
- Aun cuando la solución del conflicto fuese dudosa, debe preferirse la marca previamente registrada (SENEXON) por ser un derecho adquirido, sobre la solicitud de registro objetada (CERAXON) que es una mera expectativa.

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