Logo

CONSERVE ITALIA SOC COOP AGRICOLA c/ NUTRIBRAS SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La actora promovió demanda por nulidad de la marca Valfrutta (y diseño) de la demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia y declaró la nulidad de la marca oponente.

Nulidad Buena fe Marca Copia servil Lealtad comercial Principio de territorialidad


¿Quién es el actor?

Conserve Italia Soc. Coop. Agrícola

¿A quién se demanda?

Nutribras S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la caducidad por falta de uso y, en su defecto, la declaración de nulidad de la marca "Valfrutta" (y diseño) de la demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia y declaró la nulidad de la marca "Valfrutta" (y diseño) de la demandada, por considerar que se trató de una copia servil de la marca anterior de la actora. Además, declaró infundada la oposición de la demandada a la solicitud de registro de la marca "Valfrutta Cooperative Agricole" (y diseño) de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que, más allá de que la actora no haya probado el uso de su marca en el extranjero, la coincidencia prácticamente idéntica entre las marcas en pugna lleva a presumir que la demandada copió "servilmente" la marca de la actora.
- La Cámara señaló que la mera copia servil de una marca extranjera es suficiente para declarar su nulidad, aun cuando no se acredite la mala fe del infractor, pues lo relevante es la protección del interés general y de las reglas éticas del comercio.
- La Cámara consideró que el principio de territorialidad no se opone a la nulidad de la marca, ya que debe prevalecer el interés general de proscribir las usurpaciones que transgreden las reglas de lealtad y buena fe comercial.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar