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TABAK MARIA c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revoca la regulación de honorarios a favor de la letrada al considerar que la solicitud se encontraba prescripta.

Ejecucion de sentencia Regulacion de honorarios Prescripcion Defensa de prescripcion


¿Quién es el actor?

María Tabak

¿A quién se demanda?

Banco de la Nación Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara admite el planteo de prescripción del Banco de la Nación y revoca la regulación de honorarios a favor de la abogada Zingman, por considerar que al momento de la solicitud el plazo bienal del art. 4032 inc. 1 del Código Civil se encontraba vencido. La Cámara señala que el plazo de prescripción de 2 años debe computarse desde la última gestión realizada por la abogada, que fue el 9 de mayo de 2013, por lo que al momento de pedir la regulación el 11 de junio de 2018 el derecho se encontraba prescripto. Además, la Cámara rechaza el argumento de la abogada de que el art. 4032 inc. 1 se refiere solo a la obligación del cliente y no a la contraparte, indicando que esa interpretación no surge del texto de la norma.

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