HEKET SA Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN s/APEL RESOL COMISION NAC DEFENSA DE LA COMPET
Las sociedades Heket S.A. y Desimsur S.A. impugnaron la resolución que ordenó notificar una concentración económica y les impuso una multa por notificación tardía. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó esa decisión.
¿Quién es el actor?
Heket S.A. y Desimsur S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Producción
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apelación de resolución que ordenó notificar una concentración económica y aplicó multa por notificación tardía.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución apelada, considerando que si bien la operación debía notificarse, la obligación recaía sobre los compradores y vendedores, no sobre las sociedades adquiridas. No se probó que Heket y Desimsur fueran "parte" de la operación a los fines de la notificación.
Principales fundamentos:
- La falta de notificación es una conducta continua y no instantánea, por lo que no correspondía declarar la prescripción.
- Se respetó el debido proceso, ya que las sociedades fueron notificadas y pudieron ejercer su defensa.
- Correspondía aplicar el artículo 8 del decreto reglamentario, que dispone que deben notificar "todas las partes intervinientes". No se probó que Heket y Desimsur revistieran ese carácter.
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