DE LUCA, CELIA TERESA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió demanda de amparo de salud contra la obra social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia favorable a la actora y declaró operada la caducidad de la segunda instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Celia Teresa de Luca, promovió demanda de amparo de salud contra la Obra Social Unión del Personal Civil de la Nación. En primera instancia, se hizo lugar a la acción. La obra social interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia. Posteriormente, la actora acusó la caducidad de la segunda instancia, al considerar que habían transcurrido más de tres meses desde el último acto procesal vinculado al recurso de apelación, sin que la obra social hubiera instado la elevación de las actuaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo y, además, declaró operada la caducidad de la segunda instancia, con imposición de costas a la obra social. En sus fundamentos, el tribunal señaló que el último acto procesal vinculado al recurso de apelación había sido el auto que tuvo por contestado el traslado de agravios, dictado el 15 de mayo de 2018, y que desde entonces habían transcurrido más de tres meses sin que la obra social hubiera impulsado el procedimiento, por lo que correspondía declarar la caducidad de la segunda instancia.
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