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SAMAT, MIRIAM NORMA c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió amparo de salud para mantener su afiliación a las obras sociales OSDE y OSOCNA. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la medida cautelar ordenando el mantenimiento de la cobertura de salud.

Obra social Derecho a la salud Medida cautelar Jubilacion Amparo de salud


¿Quién es el actor?

Miriam Norma Samat
- Demandados: OSDE y OSOCNA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener la afiliación de la actora a las obras sociales OSDE y OSOCNA luego de obtener el beneficio jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la resolución que hizo lugar a la medida cautelar ordenando a OSDE y OSOCNA mantener la afiliación de la actora al Plan 210, efectuando los aportes correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud es un derecho fundamental reconocido por tratados internacionales, de jerarquía constitucional.
- La mera obtención del beneficio jubilatorio no implica la transferencia automática del afiliado al PAMI, manteniendo el derecho a permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces.
- Los jueces no están obligados a analizar todos los argumentos, sino aquéllos que resulten decisivos para resolver la contienda.
- La medida cautelar no implica un prejuzgamiento sobre el fondo, sino una evaluación provisional del peligro de la situación actual.

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