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BIGGI, DELIA TERESA c/ OSPOCE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió amparo de salud contra su obra social buscando mantener su afiliación. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la orden de reafiliación a la obra social con la obligación de recibir los aportes correspondientes.

Obra social Derecho a la salud Amparo Jubilado Reafiliacion


¿Quién es el actor?

Deliateresa Biggi

¿A quién se demanda?

OSPOCE (Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo) y Hospital Italiano

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener la afiliación de la actora al Plan GMY prestado por OSPOCE y el Hospital Italiano.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la resolución de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó a OSPOCE y al Hospital Italiano mantener la afiliación de la actora al Plan GMY. Fundamentos principales:
- La verosimilitud del derecho se basa en que la actora manifestó voluntad de continuar afiliada a OSPOCE y al Hospital Italiano después de obtener su jubilación, y este derecho subsiste más allá de la opción del traslado al INSSJP.
- El peligro en la demora se configura por la incertidumbre y preocupación que genera una decisión relacionada con la salud de las personas.
- Para preservar la equidad, se ordena que los aportes de la actora sean transferidos a OSPOCE y no al INSSJP.

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