Logo

DISCIOSCIA, NELIDA ESTER c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió amparo de salud contra OSOCNA y OSDE. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la medida cautelar que ordenó mantener la afiliación de la actora y su cónyuge al Plan 210.

Obra social Medicina prepaga Derecho a la salud Medida cautelar Amparo de salud Reafiliacion


¿Quién es el actor?

Néilda Ester Disciosia
- Demandados: Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo de salud para mantener la afiliación de la actora y su cónyuge al Plan 210

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la medida cautelar que ordenó a OSOCNA y OSDE mantener la afiliación de la actora y su cónyuge al Plan 210, efectuando los aportes correspondientes. Fundamentos relevantes:
- La verosimilitud del derecho se refiere a la posibilidad de que el derecho exista, no a una realidad incontestable.
- Del análisis de las leyes 18.610, 18.980 y 19.032, la mera jubilación no implica el pase automático de los beneficiarios de obras sociales al INSSJP, sino que subsiste el derecho a permanecer en la obra social.
- El decreto 292/95 no impide que quienes gozaban de la cobertura de salud continúen bajo la misma protección.
- En resguardo del derecho a la salud, también reconocido por pactos internacionales, corresponde mantener la medida cautelar.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar