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FOLCIA, GERARDO RAMON Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de cortes reiterados en el suministro eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por daño material y daño moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Dano material Dano punitivo Servicio publico Energia electrica


- Actores: Gerardo Ramón Folcia y María Cristina Viliani

¿A quién se demanda?

Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios por cortes reiterados en el suministro eléctrico

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo los montos indemnizatorios por daño material (de $30.000 a $10.000 para cada actor) y daño moral (de $78.000 a $33.000 para el Sr. Folcia y de $40.000 a $35.000 para la Sra. Viliani), confirmando lo demás. Fundamentos principales:
- La falta de legitimación activa de los actores alegada por EDESUR fue desestimada, ya que se acreditó que eran los usuarios del servicio eléctrico en el domicilio donde se produjeron los cortes.
- EDESUR no logró acreditar causales de exención de responsabilidad, como caso fortuito o fuerza mayor.
- Procede la indemnización por daño material y daño moral, aunque se reduce el monto otorgado en primera instancia por considerarlo excesivo.
- Procede la indemnización por daño punitivo, en atención a la gravedad y reiteración de los incumplimientos de EDESUR.

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