S.M.S. c/ MEDICUS SA s/AMPARO DE SALUD
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la resolución que ordenó la cobertura total de la internación de la actora en un prestador ajeno a la cartilla de la obra social demandada, al considerar que la actitud omisiva de la obra social impidió evaluar adecuadamente la necesidad de dicha cobertura.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La señora Sánchez promovió un amparo de salud contra Medicus SA, solicitando la cobertura total de su internación en un geriátrico. El juez de primera instancia intimó a Medicus a otorgar dicha cobertura hasta el dictado de la sentencia definitiva. Medicus apeló esa decisión, cuestionando que la cobertura de un prestador ajeno se contrapone a la Ley 24.901 y que no se ha demostrado la necesidad de la internación en ese prestador. También se agravió por la imposición de astreintes. La Cámara confirmó la resolución apelada. Respecto a las astreintes, consideró que la queja de Medicus era tardía, ya que esa multa había sido impuesta en una resolución anterior y no había sido recurrida. Sobre la cobertura, si bien el principio general es la cobertura dentro de la cartilla, la actitud omisiva de Medicus de no presentar el informe interdisciplinario ordenado justificaba la solución provisional adoptada por el juez. Adicionalmente, la Cámara advirtió que la actora no se encontraba debidamente representada en el proceso, por lo que ordenó al juez adoptar las medidas necesarias para sanear ese defecto.
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