BENITEZ, ENRIQUE TOMAS c/ MONI ONLINE SA s/HABEAS DATA (ART. 43 C.N.)
El actor interpuso acción de hábeas data contra Moni Online SA para acceder a su información y solicitar rectificación o supresión. La Cámara revocó la decisión que declaraba competente a la Justicia Nacional en lo Comercial, disponiendo que el Juzgado Federal reasuma la competencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Enrique Tomás Benitez inició una acción de hábeas data contra Moni Online SA, con el objeto de acceder a la base de datos que la entidad posee sobre su persona, conocer el origen y destino de esa información, y saber si figuraba como deudor o incumplidor para que, en caso de error, se proceda a rectificar o suprimir dicha información.
El juez de primera instancia atribuyó competencia a la Justicia Nacional en lo Comercial. El actor apeló esa decisión, argumentando que el fuero federal es el competente de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 25.326.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal
- Sala II revocó la resolución apelada y dispuso que el Juzgado Federal reasuma la competencia. Fundamentó su decisión en que las cuestiones planteadas tienden a obtener la protección de información personal contenida en una base de datos interconectada con el sistema de archivos del BCRA, lo que configura la interjurisdiccionalidad que justifica la competencia federal.
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