G.V.A. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo por cobertura de asistencia domiciliaria las 24 horas.
¿Quién es el actor?
G.V.A.
¿A quién se demanda?
Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de asistencia domiciliaria las 24 horas
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo ordenando a la obra social brindar la cobertura requerida.
Los principales fundamentos fueron:
- La obra social no logró acreditar la existencia de una sentencia firme previa que resolviera la misma cuestión, por lo que dicho planteo fue desestimado.
- Las manifestaciones genéricas de la obra social sobre la obligación de brindar prestaciones en igualdad de condiciones a los afiliados carecen de relevancia para cuestionar la sentencia.
- Si bien la ley exige que las prestaciones se brinden con servicios propios o contratados, la jurisprudencia ha atribuido valor relevante a las indicaciones de los profesionales médicos que conocen al paciente. Por lo tanto, se confirmó la decisión de que la prestación sea satisfecha con el personal que venía cumpliéndola.
El Dr. Recondo disentió parcialmente, entendiendo que de acuerdo a la ley las excepciones para recurrir a prestadores ajenos a la obra social no se encontraban reunidas, por lo que en este punto correspondía modificar la sentencia.
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