AGRONORTE SAACIFI c/ RIBECA, GUSTAVO Y OTRO s/NULIDAD DE MARCA
Acción por nulidad de marca presentada por Agronorte S.A.A.C.I.F.I. contra Gustavo Fabio Ribeca y el INPI. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia y declaró la caducidad de la marca BOGADO SPIRULINA por falta de uso.
¿Quién es el actor?
Agronorte S.A.A.C.I.F.I.
¿A quién se demanda?
Gustavo Fabio Ribeca y el INPI
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitar la nulidad de la marca "BOGADO SPIRULINA" registrada a nombre de Ribeca.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la caducidad de la marca "BOGADO SPIRULINA" por falta de uso por parte de Ribeca, y se revocó la condena impuesta al INPI.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El demandado Ribeca no probó el uso efectivo de la marca durante los 5 años previos a la acción, ni demostró la existencia de causas de fuerza mayor que impidieran dicho uso. Por lo tanto, procede la caducidad de la marca por falta de uso.
- La renovación del registro marcario por parte del INPI fue nula al haberse efectuado sobre la base de una declaración jurada de uso falsa.
- Sin embargo, no corresponde responsabilizar al INPI, ya que no se advierte un deficiente cumplimiento de sus funciones ni un apartamiento de las normas procedimentales.
- Se distribuyen las costas en el orden causado en ambas instancias, atendiendo a la complejidad del caso y a que las partes pudieron considerarse con derecho a defender sus posiciones.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: