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ROSITTO, ANDREA CAROLINA Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra EDESUR por lesiones sufridas por su hija menor al recibir una descarga eléctrica en un poste de alumbrado público. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que condenó a EDESUR al pago de una indemnización.

Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Menor de edad Servicio publico Energia electrica Alumbrado publico

Indemnización por daños y perjuicios derivados de que la menor recibió una descarga eléctrica al tocar un poste de alumbrado público.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que condenó a EDESUR al pago de $ 122.000 por incapacidad sobreviniente ($80.000), daño moral ($40.000) y gastos ($2.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que EDESUR, como prestataria del servicio público de energía eléctrica, tenía el deber de mantener y vigilar las instalaciones en condiciones seguras, por lo que correspondía atribuirle responsabilidad objetiva por el riesgo de la cosa. Además, rechazó el argumento de la demandada sobre culpa de la víctima o de los padres, al tratarse de una cosa riesgosa.

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