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GALLARDO LUIS ANGEL Y OTROS c/ TELECOM SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Trabajadores promovieron acción por la falta de pago de bonos de participación en las ganancias previstos por la Ley N° 23.696. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó al Estado Nacional y a Telecom a indemnizar a los trabajadores.

Danos y perjuicios Inconstitucionalidad Programa de propiedad participada Bonos de participacion en ganancias Decreto 395 92

Entrega de utilidades brutas a distribuir entre el personal hasta el cese de la relación laboral, declaración de inconstitucionalidad del Decreto N° 395/92 e indemnización de daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de 5 actores y se rechazó respecto de otros 5. Se declaró la inconstitucionalidad del Decreto N° 395/92. Se condenó al Estado Nacional y Telecom a pagar las sumas correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el plazo de prescripción aplicable es el quinquenal y que el Decreto N° 395/92 es inconstitucional por frustrar la finalidad de la Ley N° 23.696. Determinó que la indemnización debe calcularse sobre el 2% de las ganancias imponibles de la empresa y que el Estado Nacional debe responder por la frustración de los beneficios.

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