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LABORATORIOS CASASCO SAIC c/ LABORATORIO OMICRON SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

El Laboratorio Casasco S.A.I.C. promovió demanda por cese de oposición al registro de marca. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia y declaró la caducidad de la marca STARTTON del Laboratorio Omicron S.A.

Oposicion al registro de marca Caducidad de marca Uso efectivo de marca Registro de marca farmaceutica Actos preparatorios


¿Quién es el actor?

Laboratorio Casasco S.A.I.C.

¿A quién se demanda?

Laboratorio Omicron S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de oposición al registro de la marca "STRATON" del Laboratorio Casasco S.A.I.C.

¿Qué se resolvió?

Se revoca la sentencia de primera instancia y se declara la caducidad de la marca "STARTTON" del Laboratorio Omicron S.A. por falta de uso durante más de 5 años. Se autoriza el registro de la marca "STRATON" solicitada por el Laboratorio Casasco S.A.I.C.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Laboratorio Omicron S.A. no usó ni comercializó la marca "STARTTON" durante los 5 años previos a la demanda por caducidad.
- Los trámites preparatorios ante ANMAT no configuran un "uso efectivo" de la marca para evitar la caducidad.
- La pasividad del Laboratorio Omicron S.A. en el uso de la marca lo coloca en situación de caducidad según el art. 26 de la Ley de Marcas 22.362.
- Las marcas se registran para ser usadas, por lo que el desuso prolongado hace perder el legítimo interés en la titularidad.

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