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SIBOLDI, SILVIA MARGARITA c/ OSFE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora demandó a OSFE y OSDE para mantener su afiliación al Plan 210 luego de jubilarse. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó la transferencia de los aportes a OSDE.

Obra social Jubilacion Cobertura medica Amparo de salud Transferencia de aportes


¿Quién es el actor?

S.M.S.
- Demandados: OSFE y OSDE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener afiliación al Plan 210 después de jubilarse

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó la transferencia de los aportes de S.M.S. a OSDE. La jueza de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo y condenó a OSFE y OSDE a mantener la afiliación de la actora al Plan 210 por derivación de aportes, debiendo la beneficiaria abonar el costo adicional del plan superador. Las obras sociales apelaron. OSDE alegó que no estaba inscripta en el registro y que la sentencia no analizó la normativa vigente. OSFE señaló que la condición de jubilada de la actora operó su baja y alta en el INSSJP. La Cámara confirmó la sentencia por los fundamentos expuestos en casos anteriores similares (causas "Dal Pino" y "Pica"). Ordenó oficiar a ANSES para que transfiera los aportes de la actora a OSFE, y que ésta los transfiera a OSDE. La accionante deberá abonar la diferencia entre esos aportes y el valor del plan contratado. Se confirmaron las costas a cargo de las demandadas vencidas y los honorarios de los letrados de la actora.

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