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MOLINA, MARIA ALERTINA c/ ORIGENES SEGUROS DE RETIRO SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora promovió demanda por incumplimiento de contrato de renta vitalicia previsional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y ordenó que el pago se realice en dólares estadounidenses o, subsidiariamente, en pesos según la cotización del Dólar MEP.

Intereses Moneda extranjera Dolar mep Dolares estadounidenses Renta vitalicia previsional Principio de integridad contractual


- Actora: María Alertina MOLINA
- Demandada: Orígenes Seguros de Retiro S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de renta vitalicia previsional instrumentada mediante póliza N° 600828-3, pactada originariamente en dólares estadounidenses.
- Decisión del tribunal:
- Se modificó la sentencia de primera instancia.
- Se dispuso que la condena debe abonarse en dólares estadounidenses o, en su defecto, en la cantidad de pesos necesarios para adquirir la divisa extranjera según la cotización del "Dólar MEP" (venta).
- Se aplicarán intereses del 4% anual sobre los montos adeudados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El espíritu de la norma al condenar al pago en moneda original del contrato o su equivalente en moneda nacional es mantener la integridad del objeto incumplido.
- La conversión a la cotización oficial del Banco Nación no refleja el valor real de mercado de la divisa extranjera, dadas las actuales restricciones cambiarias.
- Corresponde autorizar el cumplimiento mediante el sistema de compra-venta de "Dólar MEP", que permite acceder sin límites a la divisa.
- Tratándose de una obligación en moneda extranjera, los intereses deben aplicarse a la tasa correspondiente a dicha moneda (4% anual).

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