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ROJO GUILLERMO FABIAN Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

El actor promovió demanda por participación en las ganancias de un programa de propiedad participada. La Cámara modificó parcialmente la sentencia revocando el método de cálculo del resarcimiento.

Prescripcion Inconstitucionalidad Programa de propiedad participada Bonos de participacion en ganancias Calculo indemnizacion


¿Quién es el actor?

Guillermo Fabián Rojo y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de bonos de participación en las ganancias de un programa de propiedad participada

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, modificando el método de cálculo de la indemnización. Se confirmó el rechazo de la demanda de algunos actores por falta de legitimación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se aplicó el plazo de prescripción quinquenal previsto en el art. 4027 inc. 3 del Código Civil.
- Los actores Biset, Ojeda, Rudak y Blanco carecían de legitimación por no ser empleados de ENTEL al momento de la privatización.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92, siguiendo la doctrina de la Corte Suprema en "Gentini".
- El cálculo de la indemnización debe realizarse sobre las "ganancias imponibles" (resultado antes de impuestos) y con un coeficiente variable según la cantidad de empleados en cada período.
- Las costas se impusieron en el orden causado.

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