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POMAR, MARIA DE LAS NIEVES c/ MEDIFE ASOCIACION CIVIL s/INCUMPLIMIENTO DE PRESTACION DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA

La demandada apeló la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda por incumplimiento de prestación de medicina prepaga. La Cámara confirmó el fallo al considerar insuficiente la crítica de la recurrente al fundamento sobre la procedencia del daño moral.

Dano moral Carga de la prueba Medicina prepaga Confirmatoria Insuficiencia de agravios


¿Quién es el actor?

María de las Nieves Pomar

¿A quién se demanda?

Medifé Asociación Civil

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incumplimiento de prestación de obra social/medicina prepaga

¿Qué se resolvió?

El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Medifé a pagar $100.000 por daño moral. La Cámara confirmó este fallo al considerar que la demandada no logró rebatir el fundamento del a quo sobre la procedencia "in re ipsa" del daño moral en este tipo de casos. Principales fundamentos:
- La fundamentación de la apelación debe contener una crítica concreta y razonada de los errores del fallo, no una mera discrepancia con el criterio del juez.
- Si bien se aplica un criterio amplio para juzgar la suficiencia de la expresión de agravios, esta no puede implicar soslayar las normas procesales.
- En el caso, la recurrente no logró refutar el fundamento central del juez de primera instancia sobre la procedencia del daño moral, por lo que corresponde declarar desierto el recurso de apelación.

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