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CAPPA, PATRICIA MARIA MAGDALENA c/ OSCOMM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a obras sociales tras jubilarse. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo.

Obra social Jubilacion Amparo Afiliacion Derechos de la seguridad social


- Actora: P. M. M. C.
- Demandados: Obra Social de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante (OSCOMM) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener afiliación a obras sociales en las mismas condiciones que antes de jubilarse

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo. Se ordenó a las demandadas mantener la afiliación de la actora en el Plan 310, por derivación de aportes. En caso de ser un plan superador, la diferencia debía ser abonada por la beneficiaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara confirmó la sentencia apelada, de acuerdo a los fundamentos de causas análogas resueltas previamente por las salas del tribunal.
- Señaló que una vez obtenido el beneficio jubilatorio, no puede rechazarse la pretensión formulada, ya que la actora se encuentra inscripta en el Registro creado por los decretos 292/95 y 495/95.
- Respecto de las costas y honorarios, los confirmó y elevó los honorarios del letrado de la actora.

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