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VIEYTES, MONICA PATRICIA c/ OSPACA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió demanda de amparo de salud contra la obra social y la empresa de medicina prepaga. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que ordenó mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones que tenía antes de jubilarse.

Obra social Honorarios profesionales Amparo de salud Jubilado Transferencia de aportes


- Actora: M.P.V.
- Demandados: OSPACA y Galeno Argentina SA
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación de la actora a la obra social en las mismas condiciones que tenía antes de jubilarse.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que correspondía confirmar la sentencia apelada en base a los fundamentos expuestos en precedentes jurisprudenciales similares de la misma Sala.
- Se ordenó oficiar a la ANSES para que los aportes de la actora sean transferidos a OSPACA y no al INSSJP, debiendo luego OSPACA transferirlos a Galeno Argentina SA. La actora deberá abonar la diferencia entre esos aportes y el valor del plan de salud contratado.
- Se confirmaron los honorarios regulados al abogado de la actora en 14 UMAs por la instancia de grado y se regularon en 5 UMAs los honorarios por la apelación.

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