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COSTANTINI, ANTONIO PEDRO c/ MEDICUS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por cobro indebido de aumentos de la cuota de salud. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia para fijar el hito inicial para el cálculo de los intereses.

Carga de la prueba Medicina prepaga Reintegro Derechos del consumidor Aumentos no autorizados

Reintegro de aumentos de la cuota de salud no autorizados por la Superintendencia de Servicios de Salud

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, ordenando a Medicus que se abstenga de aplicar aumentos no autorizados y que reintegre al actor las sumas cobradas indebidamente, con intereses. La Cámara modificó el hito inicial para el cálculo de los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.682 y su decreto reglamentario establecen que los aumentos de cuota en los planes de medicina prepaga deben ser autorizados por la autoridad de aplicación. Los aumentos aplicados por Medicus sin dicha autorización son ilegales.
- La carga de la prueba recae sobre la parte demandada, quien no logró acreditar la legalidad de los aumentos aplicados.
- Se interpreta el contrato a favor del consumidor, de conformidad con las normas de defensa del consumidor.
- Los intereses deben calcularse desde el cobro de cada factura o desde el vencimiento individual de cada una.

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