M. B. B. E. c/ EMPRESA SAN VICENTE S.A.T. LINEA 74 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Pasajera promovió demanda por daños y perjuicios tras accidente al descender de colectivo. La Cámara Civil modifica la sentencia y rechaza la demanda por falta de acreditación del hecho en el lugar indicado.
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente al descender de un colectivo de la línea 74.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y rechazó la misma.
Los fundamentos principales fueron:
- Existe una incongruencia relevante entre el lugar del accidente denunciado en la demanda (Defensa y Bolívar) y el aceptado en la sentencia recurrida (Defensa y Av. Juan de Garay).
- La demandante no modificó la demanda en los términos del art. 331 CPCC, por lo que debía tenerse por instaurada en las condiciones originales, es decir, con la descripción de un hecho ocurrido en la intersección de Defensa y Bolívar.
- La demandada no podía ser condenada por un hecho que no fue el planteado originariamente, pues ello afectaría su derecho de defensa.
- No se acreditó la existencia del boleto de colectivo ni el traslado de la demandante al hospital.
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