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BUITURON MYRIAM NOEMI c/ LENCINA JOSE LUIS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño psicológico y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Danos y perjuicios Dano psicologico

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente ($250.000), tratamiento psicológico ($20.000) y daño moral ($45.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La indemnización por incapacidad sobreviniente debe cubrir no sólo las limitaciones laborativas, sino también la afectación en todas las esferas de la personalidad de la víctima.
- El monto de la indemnización por daño moral debe ser fijado prudencialmente por el juez, sin que implique un enriquecimiento sin causa ni una cuantía tan menguada que carezca de efecto.
- Respecto a los intereses, la Cámara considera que en el caso corresponde aplicar la tasa activa prevista en el plenario "Samudio de Martínez, Ladislaa c/ Transportes Doscientos Sesenta s/ Daños y perjuicios", sin que ello altere el contenido económico de la condena.

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