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SOLZONA , MIRIAM c/ PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por daño emergente y daño psíquico.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Intereses Incapacidad Dano emergente Dano psiquico

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo la indemnización por daño emergente y daño psíquico a un total de $50.000. Confirmó la responsabilidad y estableció que los intereses se devenguen desde el momento del hecho y hasta el efectivo pago a la tasa del 6% anual. Fundamentación relevante:
- En materia de responsabilidad, se aplica la presunción de causalidad del art. 1113 CC, correspondiendo a los demandados acreditar una causa de exención.
- Para la indemnización por incapacidad, se debe considerar no sólo la limitación laboral sino también el impacto en la vida de relación de la víctima.
- Los intereses deben ser reclamados expresamente en la demanda, no pudiendo el juez otorgarlos de oficio.

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