R. L M c/ P L Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia al fijar los intereses moratorios.
- Actor: L. M. R.
- Demandados: L. P. y Federación Patronal Seguros S.A.
- Objeto: Daños y perjuicios
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la tasa de intereses. Dispuso que se aplique:
- Desde el hecho y hasta el 01/08/2015: Tasa del 8% anual
- Desde el 01/08/2015 y hasta el efectivo pago: Tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación
- Para los rubros "daños materiales" y "desvalorización del vehículo": Tasa activa desde la fecha de la pericia mecánica
La Cámara confirmó el resto de lo decidido en primera instancia.
Los fundamentos principales fueron:
- La doctrina plenaria establece que corresponde aplicar la tasa activa del Banco Nación, pero eso debe modularse cuando su aplicación desde el hecho implique un enriquecimiento indebido del acreedor.
- Aquí, al haberse fijado el capital a valores actuales, aplicar la tasa activa desde el hecho generaría una alteración del capital de condena.
- Por ello, corresponde aplicar la tasa del 8% anual hasta el 01/08/2015 (entrada en vigencia del nuevo Código Civil) y desde entonces la tasa activa.
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