C. S.DE LOS A. c/ LA ECONOMIA COMERCIAL SA DE SEGUROS GENERALES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
- Actor: C.S. DE LOS Á.
- Demandados: MICROÓMNIBUS NORTE S.A. y LA ECONOMÍA COMERCIAL S.A. DE SEGUROS GENERALES
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios
- Decisión del tribunal:
- Se confirma la responsabilidad de los demandados. El tribunal considera convincente el testimonio del testigo único y destaca que los demandados no acreditaron las eximentes de responsabilidad.
- Se reduce la tasa de interés aplicable entre la fecha del accidente y la sentencia de primera instancia al 6% anual.
- Se revoca la condena a la compañía aseguradora, quedando obligada solo en los términos del art. 118 de la Ley de Seguros.
Fundamentos principales:
- El tribunal destaca que la sola circunstancia de que el testigo conozca a la actora desde que nació no autoriza a descartar su testimonio, máxime cuando la parte demandada no concurrió a la audiencia para interrogarlo.
- Señala que la obligación de seguridad del transportista no culmina hasta el arribo sano y salvo del pasajero en el lugar de destino, lo que en el caso no se cumplió.
- Respecto al monto del daño moral, el tribunal considera razonable la suma fijada, teniendo en cuenta la gravedad del accidente, las lesiones sufridas por la actora, su edad y condición socioeconómica.
- En relación a los intereses, el tribunal entiende que aplicar la tasa activa desde el hecho dañoso hasta el efectivo pago, coexistiendo con indemnizaciones fijadas a valores actuales, implicaría un enriquecimiento indebido del acreedor.
- Sobre la responsabilidad de la aseguradora, el tribunal aplica la doctrina de la CSJN sentada en los fallos "Obarrio" y "Gauna", y revoca la condena en su contra, dejándola obligada solo en los términos del art. 118 de la Ley de Seguros.
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