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ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. c/ EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SA (EDEN s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de EDENOR por los daños sufridos por Allianz y Telefónica como consecuencia de la caída de un ramal de media tensión de la empresa.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Cosa riesgosa Energia electrica Caida de tendido electrico


- Actor: Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A. y Telefónica de Argentina S.A.
- Demandado: Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. (EDENOR)
- Objeto: Reclamo de indemnización por daños y perjuicios
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a las demandas y condenó a EDENOR a abonar las sumas reclamadas. Fundamentos principales:
- La energía eléctrica se asimila a una "cosa" con aptitud para causar daños, por lo que EDENOR como dueña y guardiana responde objetivamente por los daños causados.
- Existen suficientes indicios graves, precisos y concordantes que permiten presumir que un cable de media tensión de EDENOR hizo contacto con el cable de Telefónica, provocando los perjuicios.
- EDENOR no acreditó ninguna de las eximentes de responsabilidad previstas en el Código Civil.
- Los testimonios de los empleados de Telefónica fueron valorados en conjunto con los demás elementos probatorios.

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