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BUFFELLI MARIA EMILIA c/ TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO S.A.(TARSA) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y ajustó los montos indemnizatorios.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Franquicia Clausula abusiva


- Actora: María Emilia Buffelli
- Demandados: Transportes Automotores Riachuelo S.A., Juan José Miranda y Garantía Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo las sumas otorgadas por daño físico a $96.000 y por daño psicológico a $48.000, reconociendo $2.000 por gastos de tratamiento médico y elevando a $65.000 el monto por daño moral. Confirmó la extensión de la condena a la aseguradora, declarando nula la cláusula de franquicia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto de las incapacidades, se tuvieron en cuenta los informes periciales médico y psicológico, ponderando las secuelas físicas y psíquicas de la actora y sus características personales.
- Se declaró la nulidad de la cláusula de franquicia opuesta por la aseguradora, por considerarla abusiva e incompatible con el orden público.
- Se aplicará la tasa activa doblada a partir del 01/08/2015 hasta el efectivo pago.

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