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QUIÑENAO AGUSTINA AILIN c/ UNION PLATENSE SRL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, tratamiento psicológico y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Responsabilidad civil Franquicia


- Actora: Agustina Ailín Quiñenao
- Demandada: Unión Platense SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia aumentando los montos por incapacidad sobreviniente ($150.000), tratamiento psicológico ($13.000) y daño moral ($75.000). Redujo los gastos médicos a $4.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Sobre incapacidad sobreviniente, la Cámara consideró que la suma fijada en primera instancia era elevada y la redujo prudencialmente, aplicando la fórmula Vuotto con un 9% de incapacidad física y 5% psíquica.
- Respecto del tratamiento psicológico, la Cámara aumentó el monto a $13.000, por considerar elevado el valor de la sesión estimado por la perito.
- En cuanto al daño moral, la Cámara lo incrementó a $75.000 por considerar insuficiente el monto otorgado en primera instancia.
- Sobre la franquicia, la Cámara resolvió seguir el criterio de la Resolución 39.927/2016 de la Superintendencia de Seguros, haciendo extensiva la condena a la aseguradora citada en garantía.

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