LEDESMA MARIA BEATRIZ c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños derivados de una caída en una rampa de discapacitados. La Cámara revocó la sentencia y rechazó la demanda, al considerar que no se acreditó la relación causal entre los daños y el hecho denunciado.
Daños y perjuicios por una caída en una rampa de discapacitados
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había admitido parcialmente la demanda, y rechazó la acción en su totalidad. Consideró que la actora no logró acreditar que los daños sufridos hayan sido consecuencia de la caída denunciada, ya que no hubo testigos presenciales y la prueba aportada no resultó suficiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que en casos de responsabilidad objetiva, como el presente, es la parte demandada quien debe probar las eximentes de su responsabilidad, como la culpa de la víctima. Sin embargo, en este caso la prueba aportada no permitió tener por acreditado el hecho en los términos relatados por la actora. Si bien se acreditaron los daños sufridos por la actora, no se pudo determinar que los mismos se hayan producido por la caída en la rampa de discapacitados. Por lo tanto, se revocó la sentencia y se rechazó la demanda.
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