GIORDANO c/ MEDICARD SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral. La Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó negligencia médica en el diagnóstico inicial.
- Actora: Teresita de Jesús Giordano
- Demandados: Rina Rita Mañay Eula, Fernando Luis Macías, Héctor Osvaldo Paredes, Medicard SA, La República Compañía de Seguros Generales SA, QBE Argentina ART SA y Omega Cooperativa de Seguros Limitada
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación de daños por supuesto diagnóstico erróneo luego de un accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que la prueba pericial acreditó que la fractura de pelvis no era visible en la radiografía inicial, por lo que no hubo negligencia médica en el diagnóstico. Tampoco se probó el supuesto diagnóstico erróneo de tumor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La pericia concluyó que la actora sufrió una fractura de pelvis que consolidó adecuadamente con tratamiento conservador, sin requerir cirugía. La incapacidad parcial y permanente del 10% se debió al accidente y no a la asistencia médica. La radiografía inicial no evidenció lesión ósea y el pedido de centellograma por parte del Dr. Paredes no fue inadecuado dada la sintomatología de la paciente. La actora no acreditó los diagnósticos erróneos ni su relación de causalidad con el daño.
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