T. J. A. c/ UNION TRANSPORTISTAS DE EMPRESAS SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia al disponer que los intereses correspondientes a la partida otorgada en concepto de tratamiento psicológico se computen desde la fecha de la sentencia de primera instancia.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se admite la demanda y se condena a los demandados a pagar al actor la suma de $43.378,93. La Cámara modifica parcialmente la sentencia al disponer que los intereses correspondientes al rubro "tratamiento psicológico" se computen desde la fecha del pronunciamiento de primera instancia. Los jueces señalaron que la pretensión de que la condena sea soportada en la medida del seguro por la aseguradora resulta inadmisible por el modo como fue propuesta, al intervenir el mismo abogado que representa intereses contrapuestos. Asimismo, confirmaron la aplicación del criterio sustentado en los fallos plenarios "Obarrio" y "Gauna" sobre la inoponibilidad de la franquicia al damnificado.
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