IACOBELLIS LUCIANA MARIA OFELIA c/ NACION SEGUROS SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores iniciaron demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Civil elevó las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente física, considerando la repercusión patrimonial de las lesiones sufridas y modificó la tasa de interés aplicable.
- Quién demanda: Luciana María Ofelia Iacobellis y Luis Antonio Farías.
¿A quién se demanda?
Denise Vanesa Biondi, Cliba Ingeniería Ambiental S.A. y la aseguradora Nación Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia fue modificada por la Cámara, elevando los montos indemnizatorios y ajustando la tasa de interés.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El resarcimiento debido a título de incapacidad sobreviniente, exige ponderar las secuelas en tanto representen indirectamente un perjuicio patrimonial para la víctima, o sea en cuanto impliquen una minusvalía que comprometa sus aptitudes laborales y la vida de relación en general y, de ese modo, frustren posibilidades económicas o incrementen sus gastos futuros, lo cual, por lo demás, debe valorarse atendiendo a las circunstancias personales, socioeconómicas y culturales de aquélla." "La queja habrá de prosperar. Esta sala comparte el criterio de fijar la tasa referida solo a partir del pronunciamiento de primera instancia. Es que hallándose los importes determinados a esa fecha y libres hasta entonces de deterioro a causa de la desvalorización monetaria, la tasa activa, dada su composición importaría compensar ese deterioro, inexistente, incrementando en forma indebida el significado económico de la condena." "La expresión de agravios en este sentido se muestra carente de la fundamentación que exige el art. 265 del C.Procesal."
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