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PEYRU HECTOR EDUARDO c/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un asalto sufrido luego de realizar una operación bancaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, incrementando los montos indemnizatorios y reconociendo nuevos rubros de reparación.


- Quién demanda: Héctor Eduardo Peyru

¿A quién se demanda?

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un asalto sufrido el 4 de agosto de 2009, luego de realizar una operación bancaria en la Sucursal 21
- Colegiales del Banco demandado, donde retiró $13.600 y U$S 3.800.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad del banco por no haber adoptado las medidas de seguridad suficientes, incrementando los montos indemnizatorios por incapacidad física, daño psíquico, tratamiento psicológico, daño moral, costo de seguridad privada, lucro cesante y daño punitivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcribe los 2-3 párrafos más relevantes de la sentencia: "En efecto, conforme el marco legal de referencia, la relación jurídica existente entre las partes conlleva un deber de seguridad objetivo por parte del banco demandado frente al cliente (art. 42 de la Constitución Nacional, arts. 5 y 6 de la normativa citada; CNCiv. Sala H, “Orce, Guillermo Daniel c/ Banco Superville s/ d y p”, expte. 73376/2012, 10/15; CNCom. Sala C, “De Santis c/ Banco Ciudad de Buenos Aires” del 22/12/09; CNCiv, Sala L, 6/3/2008, “Fernández, Alfredo Daniel c. Easy Cencosud S.A.”, LL 18/6/2008, 8, con nota de Federico M. Álvarez Larrondo, RCyS 2008-VI, 103)." "Dicha obligación de seguridad es de resultado y su incumplimiento trae aparejada responsabilidad objetiva (Bueres, Alberto J., “Responsabilidad contractual objetiva”, JA, 1989-II-964; Farina, Juan, “Defensa del consumidor y del usuario”, Buenos Aires, Astrea, 2.004, p. 179 y sgtes. Art. 42 de la Constitución Nacional, arts. 5 y 6 de la normativa citada; CNCiv. Sala H "A. E. D. c/Supermercados Mayoristas Makro S.A. y otros s/Daños y perjuicios", 25 de marzo de 2013, Recurso N° 597.520; CNCiv, Sala L, 6/3/2008, “Fern

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