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R. M. c/ CARDENAS SA EMPRESA DE TRANSPORTES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, sosteniendo que el demandante no respetó la prioridad de paso.

Actor: M. R. Demandado: Cárdenas SA Empresa de Transportes, R. A. Á. y Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcribe los 2-3 párrafos más relevantes de la sentencia: ```markdown Asimismo ya he señalado en otros precedentes de esta sala que, si bien la ley se refiere a la “culpa” de la víctima, lo verdaderamente relevante es que medie un hecho del damnificado –culpable o no
- con aptitud suficiente para desplazar total o parcialmente la relación de causalidad adecuada entre el hecho de la cosa riesgosa y los daños cuya reparación se pretende. En el sub lite, hallándose reconocida la existencia de contacto material entre los vehículos se encuentran reunidos los extremos para la aplicación de la norma invocada por el actor. Sin embargo, no coincido con la afirmación del quejoso en cuanto a que el colega de grado le habría exigido demostrar cómo sucedió el accidente, pues para rechazar la demanda se tuvo que en cuenta que los emplazados acreditaron el hecho de la víctima que invocaron como eximente de responsabilidad. En definitiva, considero que el vehículo en el que circulaba el actor cruzó la av. Directorio en forma antirreglamentaria, sin respetar la prioridad de paso que consagra el art. 6.7.2. de la ley 2.148. En consecuencia, quedó acreditado un hecho de la víctima que desvirtúa la presunción de adecuación causal que surge del art. 1113, segunda parte, segundo supuesto, del Código Civil, lo cual me lleva a propiciar que se rechacen los agravios del actor y se confirme la sentencia recurrida, lo que así mociono. ``` Incluye las citas textuales más importantes: ```markdown "si bien la ley se refiere a la “culpa” de la víctima, lo verdaderamente relevante es que medie un hecho del damnificado –culpable o no
- con aptitud suficiente para desplazar total o parcialmente la relación de causalidad adecuada entre el hecho de la cosa riesgosa y los daños cuya reparación se pretende." "el vehículo en el que circulaba el actor cruzó la av. Directorio en forma antirreglamentaria, sin respetar la

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