R. F. M. c/ C. L. A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral, y aclaró la oponibilidad de la franquicia en el seguro de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: R. F. M. Demandado: C. L. A., empresa de colectivos y su aseguradora. Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito que provocó lesiones físicas y psicológicas al actor. Decisión: La Cámara confirmó en parte la sentencia de primera instancia pero modificó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral, elevándolos a $210.000 y $100.000 respectivamente. También se aclaró la oponibilidad de la franquicia del seguro y se establecieron los intereses a aplicar. Fundamentos principales de la decisión: "Por tanto, se hace imprescindible aclarar esta cuestión para evitar futuros cuestionamientos. Por empezar, si bien R. reconoció la existencia del contrato de seguro entre la demandada y Argos Mutual del Transporte Público de Pasajeros, seguidamente desconoció que le fuera oponible la franquicia contratada entre ellos." "En consecuencia y toda vez que tal es el criterio que el tribunal comparte en este tipo de procesos (ver, en tal sentido, el ilustrado voto del Dr. Racimo en la causa 438.516 del 27-2-07), corresponde hacer lugar a la pretensión de la citada en garantía y aclarar la decisión apelada, imponiendo la obligación de la empresa aseguradora de responder en los términos y con el alcance del art. 118 de la ley 17.418." "Y dicho cómputo deberá devengarse para todas las partidas indemnizatorias sin excepción, pues como lo tiene dicho la Sala en este tipo de procesos los intereses se devengan desde el momento mismo en que se produjo cada perjuicio objeto de reparación."
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